El fin de la soberanía nacional. ¿Qué va a ser de Catalunya y de España?

<em>JOSEP VILLAR FERNANDEZ</em>'s picture

Se nos dijo que con la entrada en Europa la electricidad, la gasolina, los alimentos y todo en general sería más barato por la competencia. Falso.
Se nos dijo que si un solo estado miembro no aprobaba el Tratado de Lisboa se paralizaría el tratado y se negociaría de nuevo. Falso.
Se nos dice que el tratado europeo se hará con el consenso de la población europea. Falso.
Se nos dijo que con el euro estaríamos mejor que con la peseta. Falso.
Se nos dice que ganaremos en democracia. Falso.
Luego, ¿por qué hay tanto interés de que se apruebe tan rápidamente el Tratado de Lisboa, tras el rechazo de Irlanda, y no por consulta popular como en Irlanda, sino por el parlamento de cada estado miembro?, leamos este fragmento del artículo de por Helga Zepp-LaRouche, curiosamente tampoco nuestra prensa nacional, ni nuestros políticos nos han explicado nada de esto:

De hecho, lo que se desprende de las declaraciones emitidas en la conferencia de gobiernos sobre el Tratado de Lisboa es que, en adelante, a las leyes de la Unión se les dará primacía sobre las de los Estados miembro. La Declaración 27 dice explícitamente:

"La conferencia señala que los tratados y las leyes que la Unión establezca en función de esos tratados, en corcondancia con la jurisdicción actual vigente del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y de conformidad con las condiciones que define, tendrán precedencia sobre las leyes de los Estados miembro".

Pero el texto del tratado contiene aun más monstruosidades. La institución de un "procedimiento de revisión simplificado", conforme al Artículo 33, Párrafo 6 del tratado de la Unión Europea, faculta al Consejo de la Unión Europea para decidir la "revisión de la totalidad o parte de las disposiciones de la tercera parte del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea". Esta tercera parte incluye todos los ámbitos de la toma de decisiones, excepto la política exterior y de seguridad, nada más para delinear con más claridad el alcance de lo que sí comprende.

Incluye: el libre flujo de productos dentro de la unión aduanera; la agricultura; el tráfico entre los países miembro; la libre circulación de servicios y de capital (es decir, el mercado nacional y las libertades básicas); el alcance de la libertad, la seguridad y el Derecho; el transporte; las reglas comunes que gobiernan la competencia, los impuestos y la concordancia de las leyes de regulación; la política económica y monetaria; el empleo; la política comercial común; la cooperación arancelaria; la política de bienestar social; la protección al consumidor; la red eléctrica transeuropea; la industria; la cohesión económica y social; la investigación y el progreso tecnológico; el ambiente; la cooperación en materia de desarrollo exterior; y la cooperación técnica, económica y financiera con terceros países. Las entidades legislativas de los Estados miembro no deben participar en los cambios a la regulación de ninguno de estos ámbitos.

Otro aspecto de esta destrucción paulatina de la condición existencial de los Estados miembro de la Unión Europea, es que el tratado de reforma le da a la Unión el derecho de imponer impuestos sin la aprobación de los parlamentos nacionales. De modo que, ¡los contribuyentes deben aflojar más euros para una burocracia a la que no tienen ningún modo de responsabilizar en lo absoluto!

http://espanol.larouchepac.com/news/2008/03/15/el-tratado-de-lisboa-sign...

Valoració general

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